|
Derecho
Bancario
|
|
El
derecho bancario constituye la actividad principal de la empresa,
por cuanto todos y cada uno de los expertos profesionales de esta
materia tienen una dilatada vida profesional dedicada al asesoramiento
de bancos nacionales y extranjeros, tanto comerciales como industriales
y de negocios, lo que asegura un asesoramiento jurídico
uniforme, de altísima calidad, que está orientado
a prevenir y resolver problemas, así como a construir soluciones
útiles que permitan conseguir los objetivos específicos
de los clientes, para lo cual se ha establecido una organización
profesional integrada.
Para
los profesionales que integran A.E.B.
no es desconocida ninguna operación bancaria, ya sea ésta
de activo, pasivo o intermediación, así como tampoco
es desconocida ninguna otra cuestión o problema relacionado
directamente con el derecho bancario y la relación de los
bancos con terceros. Nuestros conocimientos abarcan en profundidad
todas y cada una de las materias correspondientes a esta especialidad
y comprenden todo tipo de operaciones habituales de los bancos,
cajas de ahorros, y otras entidades financieras.
Nuestras
actividades en esta materia se centran en tres aspectos distintos
cuales son, nuestra actuación en el momento de formalizar
nuevas operaciones, el asesoramiento de los asuntos cuando están
en fase pre-contenciosa, y el asesoramiento en el momento se encuentra
el asunto en manos de los Tribunales.
Formalización
de operaciones |
Como
no podría ser de otra forma, nuestro asesoramiento es integral
abarcando el ámbito jurídico, económico y
fiscal de las operaciones con carácter previo a su formalización,
examinando cual es la mejor operación a suscribir según
las necesidades, cuales son los documentos más idóneos
para formalizar, y cuales son las garantías a prestar,
asistiendo al cliente en el momento de la firma
Asesoramiento
Pre-contencioso |
Igualmente
asesoramos al cliente en el caso de que éste tenga dificultad
a la hora de cumplir con sus compromisos de pago, indicándole
cuales son los caminos a seguir y cuales son o pueden ser las
consecuencias que se pueden derivar del incumplimiento de sus
obligaciones. En estos casos, nuestro asesoramiento incluye el
examen de los documentos formalizados así como el examen
de los soportes informáticos contables y el desarrollo
de la cuenta o cuentas, al objeto de determinar si las cantidades
reclamadas coinciden con las realmente adeudadas, o si por el
contrario existe algún error contable.
De
igual forma, y en caso de ser requeridos para ello, negociamos
directamente con la entidad financiera el pago de la deuda, su
aplazamiento, y las distintas formas de resolver el asunto evitando
tener que acudir a los Tribunales, habida cuenta de los gastos
y molestias que ello ocasiona.
Asesoramiento
contencioso |
Capítulo
especial merece nuestra intervención en asuntos judiciales.
A este respecto debemos comenzar manifestando que la primera de
nuestras normas de conducta consiste en evitar acudir a los Tribunales
de Justicia para dirimir las controversias, lo que no se debe
confundir con la firmeza en la defensa de nuestros postulados.
Estamos convencidos que lo mejor para nuestros clientes es acudir
a los Tribunales de Justicia, solo en aquellos casos en que sus
derechos sean conculcados y en los que el contrario no admita
una solución extrajudicial al problema.
Ahora
bien, llegado el caso de que exista una demanda judicial entablada
contra un cliente, o futuro cliente, es cuando nuestro asesoramiento
deviene en más completo y eficaz, desplegando todos nuestros
conocimientos para que los intereses del cliente sean defendidos
con intensidad. Se examinan las diversas cuestiones técnicas
para averiguar si la reclamación cumple con todos los requisitos
formales que marca la Ley, comprobándose si la liquidación
de las cuentas se ha efectuado de acuerdo con lo pactado por las
partes en el título, y si el saldo deudor coincide con
el indicado en la liquidación. Seguidamente se pasa a estudiar
los aspectos jurídicos de la demanda, tanto los formales
como los materiales o de fondo, tras lo cual se emite un dictamen
al cliente con las conclusiones obtenidas.
Las
conclusiones que arroje el dictamen son las que van a determinar
las actuaciones posteriores, de tal forma que una vez analizada
la demanda y sus documentos, será el cliente quién
decida las actuaciones futuras en el sentido de entablar una negociación
con el acreedor, o en el sentido de continuar con la vía
judicial abierta. En uno y otro caso, defendemos al cliente hasta
el momento en que el asunto esté completamente solucionado,
englobando nuestros servicios todos los trámites, entrevistas,
reuniones, informes, etc. que el asunto merezca.
Por
último debemos mencionar que haciendo gala de la flexibilidad
que nos caracteriza, en los supuestos de que nuestro cliente se
encuentre inmerso en un proceso universal de suspensión
de pagos, quiebra, concurso de acreedores o expediente de quita
y espera, negociamos con las entidades financieras acreedoras
un acuerdo que ponga fin a la situación creada, aunando
los intereses de ambas partes y con la mirada puesta en la pronta
resolución del asunto.